CUANDO ESTAMOS EN FRENTE DE UN INMINENTE CIERRE DEL VERTEDERO MUNICIPAL DE VICTORIA ES BUENO RECORDAR ALGUNOS ASPECTOS LEGALES QUE FAVORECEN A LA COMUNIDAD.
"POR DAÑOS AMBIENTALES"

Esta ley es de naturaleza ordinaria y en esta calidad, norma y define aspectos y conceptos medioambientales y también sociales considerados por la constitución chilena como materia de ley.
Su estructura esta basada en seis títulos, los cuales tiene como objetivo dar contenido y desarrollo jurídico a temáticas medioambientales que son de garantía constitucional, crear y formalizar la institucionalidad de acción ambiental además de crear los instrumentos de gestión ambiental, como lo es el Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), como lo son las normas de calidad y emisión y también como lo son los planes de manejo, prevención o descontaminación.
De forma específica, "la ley de bases, también establece y fortalece nuevas figuras jurídicas como lo es la responsabilidad por daño ambiental con la premisa de quien contamina paga, el fondo de protección ambiental y la participación de la ciudadanía en los procesos de evaluación ambiental.
Cabe señalar que por primera vez dentro de la legislación ambiental chilena es definido el desarrollo sustentable para efectos legales".
Colaboración: Extracto de "Informe: Analisis de Casos SEIA" por
Gabriel González Cáceres,
Bachiller En Ciencias de la Ingenieria.
Est. Ingeniería Civil Acústica, Universidad Austral de Chile